Hola a todos,
Ya podemos decir que es oficial que el Fondo de Garantía de Depósitos aportará, en caso de quiebra bancaria, los ahorros de los clientes de la entidad quebrada hasta 100.000 euros en un plazo inferior a los 20 días ampliables otros diez días.
Esta pregunta recuerdo que me la formuló alguien aquí hace un tiempo, y por aquel entonces no estaba muy claro, parecía que el plazo no podía superar en ningún caso los tres meses pero estos eran prorrogables, por el mismo plazo, hasta tres veces más, hasta sumar un año.
Todo esto se ha aprobado en el marco de una normativa europea que ahora ha sido adoptada y ampliada en España.
En abc tenéis el artículo original:
http://www.abc.es/20100515/economia-economia/ahorradores-cobraran-dias-quiebra-20100515.html
Esto nos interesa mucho a nosotros, aunque nos gustaría también saber qué pasaría con los ahorradores con más de 100.000 euros, que los hay y muchos.
Imagino que si es sólo una quiebra aislada se cubrirá, pero si vienen en cascada... habría que ver.
Saludos. |