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4828 - Fiscalidad

Enviado por InfoBancaria - 19 Julio 2011
Hola Juan,

Lo primero decirte que hay algún problema con el foro que estamos solventando, espero que esta respuesta llegue correctamente :).

No te perjudica en absolutamente nada, más bien todo lo contrario ya que si tu declaración de la renta te sale a pagar normalmente, si tienes un depósito bancario y te genera unas rentas \"importantes\" como es este, has tenido mayores rendimientos por lo que puede ser que pases a otro tipo impositivo. Es decir que en lugar de tributar al 20% tributes al 25%, por ejemplo.

Pero si no tienes ningún tipo de remuneración, tus ingresos no aumentarán tanto y no ocurrirá nada.

Entonces como ves, no te puede ocurrir nada negativo. Sería mucha casualidad, además, que teniendo un depósito bancario justo te aumentara el tipo impositivo a otro, por lo que tampoco pasaría nada si lo mantienes, en principio.

Saludos.

4829 - Repercusion de cara a hacienda (2)

Enviado por Juan - 19 Julio 2011
Hola , ante todo gracias por tu tiempo y respuestas. La declaracion que hice este mes de mayo correspondiente al ejercicio del pasado año, con un plazo fijo de 50000 euros , con unos ingresos profesionales de unos 23000 euros brutos y con los intereses al 3% que generan el plazo fijo, sin hipotecas ni ningun tipo de opcion favorable a mis intereses me salio a pagar 72 euros.

Con esta informacion entiendo : que una vez finalizado el plazo fijo y traspasado este dinero a una cuenta corriente , si por poner un ejemplo un tanto atipico , el dia 5 de agosto retirase la cantidad de 50000 euros en metalico del banco y repartiese tal cantidad entre mis 2 hermanos de manera privada . De cara a la declaracion del siguiente periodo no tendria ningun problema con hacienda ?. Saludos.

4830 - Fiscalidad 2

Enviado por InfoBancaria - 19 Julio 2011
Hola Juan,

¡Cuidado! Esto que me planteas ahora es otra cosa: sacar el dinero del banco y repartirlo entre tus dos hermanos.

¿Este dinero es tuyo, verdad? No es ninguna herencia ni nada, sino que es tuyo y que, por circunstancias que no vienen al caso, quieres repartirlo entre tus dos hermanos. ¿He entendido bien?

Pues si es así, los beneficiarios o \"donatarios\", tendrían que pagar el impuesto por donaciones y sucesiones que si no recuerdo mal y hablando de memoria creo que está situado en el 7%.

Pero ¡Ojo! también te digo que este impuesto ha sido eliminado para el 99% de los casos y casi en todas las Comunidades Autónomas. Vamos, que no tocaría pagarlo \"casi seguro\". Esto depende de la Comunidad Autónoma en la que residas, que no sé cuál es, pero la probabilidad de que tengan que pagar ellos algo es baja.

Actualmente se están haciendo reducciones sobre la base imponible de este impuesto en torno al 95%-99%, con lo que quedaría a pagar un 7% de entre un 1-5% de los 25.000 euros que donas a cada uno de tus hermanos, muy poco, pero esto lo pagan ellos.

Te recomiendo que vayas a un asesor, que no creo que ni te cobre nada, que le digas si está vigente este impuesto en tu Comunidad Autónoma y si tendrían que pagar algo tus hermanos y ya está, pero aunque no salga a pagar hay que hacer la declaración del impuesto.

¡De todas maneras puedes seguir preguntándome lo que quieras! Aquí estoy para ayudarte.

Saludos.

4831 - Repercusion de cara a hacienda (3)

Enviado por Juan - 20 Julio 2011
Hola , de nuevo gracias, soy de Barcelona y soy el titular de ese plazo fijo. El tema es que en el trabajo me han comentado que si no me interesase seguir con un plazo fijo y por la tanto colocar ese dinero en una cuenta corriente y dejarlo asi por ejemplo un año , o indefinidamente, al realizar la declaracion anual siguiente , me comentan que tendria que pagar a hacienda un tanto por ciento de esa cantidad bastante alto .

Por eso havia pensado en el tema de mis hermanos , cuando decia \" de una forma privada \" me referia a, imagina que tu eres mi hermano y te doy en mano 25000 para que tu los guardes en tu casa y los utilizes para tus gastos diarios basicos , por eso era la pregunta de si me pueden reclamar ese supuesto tanto por ciento elevado en el siguiente ejercicio, sabiendo hacienda que esa cantidad ya no esta en mi cuenta desde el mes de agosto , evidentemente porque lo e sacado y te lo e entregado a ti de una manera privada. Otro ejemplo seria sacar los 50000 y guardarlos en casa y utilizarlos para gastos personales basicos.

La pregunta es : si hiciera cualquiera de estos movimientos , o bien dartelos a ti , sin ningun tipo de bancos , ni cuentas , ni documentacion , es decir directamente en mano o si cancelase la cuente y sacase los 50000 euros y los guardase en casa , hacienda al comprobar que hasta el mes de agosto havia en esa cuenta 50000 euros y a partir del mes de agosto en adelante la cuenta esta en , por ejemplo 1000 euros podrian reclamarme ese supuesto tanto por ciento elevado.

Es evidente que estoy bastante perdido a nivel de fiscabilidad , disculpa mi ignorancia , tal vez este haciendo una montaña de un grano de arena .

Gracias de antemano por tu tiempo.

4832 - Fiscalidad (3)

Enviado por InfoBancaria - 21 Julio 2011
Hola Juan,

Yo tampoco soy experto en temas fiscales, si te ha dicho una persona que realmente entiende de temas fiscales y de Hacienda aquello de que tienes que pagar más por pasarlo a una cuenta corriente fíate de esta persona que sabrá más que yo (qué suerte poder tener siempre a alguien que sabe más que nosotros, ¿no te parece?). De todas formas me suena algo muy raro, yo diría que no es cierto esto que te han dicho pero oye, si es así me encantaría que me contaras por qué ¿Vale? Pero de nuevo: me parece rarísimo. ¿Es un experto?

En cuanto a lo de dárselo a tu hermano, aunque sea en mano y aunque sea para gastos diarios, es una \"donación\" y tiene sus impuestos que van a cargo del beneficiario. Aquí tienes un poco más de información: http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:Qro7BqohuZIJ:fiscal.blogspot.es/1246487100+impuesto+por+donaciones+catalu%C3%B1a&cd=1&hl=es&ct=clnk&gl=es&source=www.google.es

Y en esta búsqueda de google: http://www.google.es/search?sclient=psy&hl=es&source=hp&q=impuesto+donaciones+catalu%C3%B1a&aq=f&aqi=&aql=&oq=&pbx=1&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.&biw=1280&bih=675&emsg=NCSR&noj=1&ei=i0onTtbzM8v0sgb_m7ihCQ

De nuevo insisto: aunque lo hagas en mano y todo, es una donación y por tanto el donatario tendría que pagar el 5% de lo entregado. Porque Hacienda puede detectar que has sacado 50.000 euros de la cuenta y que te diga que dónde están. Y si los tienes debajo del colchón pues les tendrás que decir que debajo del colchón pero que son tuyos. ¿Ves? Eso sí lo puedes hacer, sacarlo y decirles que los tienes tú en casa aunque los des o lo que sea (después tienes que demostrar como que lo tienes en casa).

También puedes decir que le has hecho un préstamo al 0% de interés... esto lo hace mucha gente, pero todo esto lo estás haciendo para evitar pagar más impuestos por cancelar un depósito y pasarlo a una cuenta corriente, algo por lo que yo PIENSO QUE NO TENDRÍAS QUE PAGAR NADA.

Como consejo te diría que fueras a un despacho de asesores/abogados y le hagas la simple pregunta de que si cancelas un depósito y lo pasas a una cuenta, si tienes que pagar más impuestos. Por esto no te cobrarán nada, son cinco minutos. Es que tú ya estás pagando el 19% de los rendimientos de este depósito a Hacienda, si lo sacas y te lo gastas en irte a dar una vuelta al mundo no tendrías que pagar nada. Igual que si lo sacas y lo guardas en tu casa o en una cuenta corriente o en una cuenta de alta remuneración; eso pienso yo, vamos.

Yo no tengo la sabiduría absoluta, y es la primera vez que me dicen que tienes que pagar más impuestos por sacarlo de un depósito a una cuenta. Otra cosa es que canceles un plan de pensiones, pero me has dicho que es un depósito no un plan de pensiones.

Saludos.

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