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4742 - Cuentas Vivienda

Enviado por InfoBancaria - 12 Junio 2011
Hola Mariete,

Parece que bueno, si contratamos una cuenta vivienda pero no desgravamos en la declaración, no nos exigirán por tanto que devolvamos las aportaciones más la penalización, etcétera.

A la pregunta de qué ocurre si disponemos de efectivo lógicamente para otro fin distinto a la adquisición de la vivienda, como no nos hemos desgravado nada, pues tampoco nos podrán exigir nada.

Esto es lo que se desprende de este artículo: http://definanzas.com/2006/12/21/%C2%BFes-posible-sacar-dinero-de-una-cuenta-vivienda-no/ (nos dicen que sólo nos exigirán la devolución de la deducción)

También lo comentaba aquí: http://www.depositosbancarios.com/puntualizaciones_sobre_cuentas_vivienda_4700.html

En resumen, parece que si no nos deducimos en nuestra declaración de la renta, no nos podrán exigir devolverlo si disponemos de efectivo u otras circunstancias, y otras penalizaciones no están previstas.

Se me ocurre que o bien envíes una carta a la delegación de la AEAT más cercana con la pregunta concreta y cuando te respondan que no pasa nada si no te deduces, esto es vinculante por si tienes problemas en Hacienda.

Pero claro, como no te puedo decir 100% seguro (¡Yo creo que 99% de que esto es así y que no pasa nada si no nos deducimos!) y como es sólo un 3,50% TAE... pues bien, podrías dejarlo pasar también.

Si preguntas (en persona o por teléfono) en la AEAT puede ser que te digan que no pasa nada, pero esto no es vinculante. Mejor una carta y que te respondan, esto ya es otra cosa y si ocurriera algo en un futuro (alguna reclamación por parte de Hacienda) te podrás basar en esta carta.

Saludos.

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